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Peculiaridades de los préstamos entre particulares

Los préstamos entre particulares se están convirtiendo en buena opción de financiación, debido a que los intereses de los préstamos que ofrecen los bancos cada vez son cada vez superiores, y ni hablar de los créditos rápidos.

Cada vez son menores las opciones para para conseguir financiación y una buena opción es recurrir a un amigo, familiar o conocido para que te preste el dinero, de esta forma ambos ganan, prestatario y prestamista. Si se establece una retribución, el prestamista podrá obtener una rentabilidad por su dinero y, el prestatario podrá conseguir el dinero con un tipo de interés inferior. Cierto es que los préstamos entre particulares se basan en la CONFIANZA,  pero para ahorrar problemas posibles en el futuro, lo mejor sería realizar un contrato para préstamos entre particulares.

¿Habría problemas de no realizar contrato?

La Ley del IRPF dice que Hacienda puede suponer una retribución del prestamista y obligará a éste a declarar los intereses, los haya habido o no.

¿Cuál sería el interés a aplicar?

Sería el tipo interés legal del dinero en el momento del negocio.

¿Cómo nos libramos de pagar a Hacienda a través del IRPF?

De no querer establecer intereses, habrá que realizar el contrato exponiendo claramente esta premisa.

Pero, si no hay intereses… ¿pensarán que es una donación?

Es posible, por ello lo mejor es presentar (hay obligación de ello) el modelo 600 de Transmisiones Patrimoniales, con el beneficio para los contratantes de que los préstamos entre particulares están exentos de tributación.

Hay que hacerlo constar en la casilla (21) “EXENTO”. En Fundamento del beneficio fiscal o no sujeción (22): “Préstamo exento según el artículo 45.1.B 15 del RDL 1/93”

¿Qué ocurre si no hago las anteriores acciones?

Que Hacienda puede pensar que es una donación encubierta y entender el cobro del Impuesto de Sucesiones y Donaciones a tal efecto.

¿Qué ocurre en caso de fallecimiento?

Si fallece el prestatario, la deuda se incorporará a la herencia. Entonces, serán sus herederos quienes paguen la deuda.

Si fallece el prestamista, la deuda será un derecho en la herencia y uno o varios de los herederos serán los que reciban el dinero.

¿Y si muere mi padre, y el contrato lo hice con él?

En tal caso la deuda se extinguirá.

¿Qué ocurre en los casos que no se paguen las deudas por cualquier motivo, cómo reclamo?

Se reclamará formalmente ante burofax al deudor en tal caso. De no satisfacer la deuda en el plazo estimado se deberá de proceder a solicitar la apertura de un monitorio. (Este procedimiento lo trataremos en otro post).

Para realizar, revisar contratos entre particulares (y presentación de Impuestos ya sea de transmisiones, de donaciones o IRPF) de este tipo así como de otros puedes contactar con este despacho a través de los medios que se facilitan. Os invitamos a comentar en este hilo, a exponer vuestras dudas y las resolveremos encantados.

 

¿Tienes alguna duda? ¿necesitas asesoramiento? contacta con nosotros:

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36 Responses to Peculiaridades de los préstamos entre particulares

  1. Victor Manuel Molina

    si se le debe un dinero a un prestamista con tasa de interes del 5%el prestamista fallece y los hijos siguen cobrando incluyendo amenazas ….que debo hacer…..las obligaciones de usura son heredsbles?

    • Alejandra

      Buena noche, adjunto tengo una deuda con una persona que me que hace muy poco falleció, y el se encontraba separado, pero tenía una novia la cual me esta llamando para cobrar la deuda, y me envió foto de la letra, no se k hacer x k los hijos y familia no me han llamado por favor necesito una orientacion para mil gracias

  2. David Peña

    Si el contrato de préstamo se firma entre particulares y se elevado a público ante notario, y es por ejemplo entre dos amigos (no familiares, no padre a hijo) y el DEUDOR fallece.
    Como puede el PRESTAMISTA recuperar fácilmente el dinero que le queda aún por cobrar (ya que no es heredero).
    Se debe incluir alguna clausula al respecto en el contrato o solo cabe ir a un procedimiento monitorio.

  3. Bárbara p.

    Si el prestatario es mi madre y hago un contrato de prestamo, que pasa si en el trascurso de la devolución del préstamo fallece( por tener 87años) que pasaria con el dinero que aun le debemos?

    • Pilar

      Yo también tengo esa misma consulta.

      • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

        Buenas tardes,

        si fallece su madre antes de finalizar la devolución de dicho préstamo, existiría un crédito en la herencia que si bien obviamente fuese la única heredera se terminaría cancelando pero, si existen más herederos tendría la deuda con ellos.

        Esperando haberle sido de ayuda, reciban un cordial saludo.

        • Ruth

          Pero en caso de fallecimiento del q presta, el deudor en caso de además ser el único heredero tendrá q pagar a Hacienda algún impuesto?

  4. Mikel

    Yo tengo un prestamo personal, con una persona.
    En el contrato pone, que el interés es el 0 % y que le devolveré el dinero en pagos mensuales sin especificar la cantidad mensual, ni la duración de los años.

    SI esta persona fallece, me imagino que la deuda será un derecho en la herencia, para sus herederos.

    Que pasa en ese caso? puede seguir devolviendo el dinero de la misma manera o estoy obligado a devolverlo totalmente?

  5. Fernando ortiz

    Si se tiene una ipoteca ante un bufec de abogados y el deudor fallece que se tiene que aser por su atencin gracias

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Hola Fernando,

      habría que revisar lo que en el inventario de la herencia se estima en el pasivo, y posteriormente actuar.

      Un cordial saludo.

  6. Rosa C.

    Hola, mi pregunta es:
    Si recibo dinero mediante préstamo personal legalizado, me cuenta como una deuda? Si pido una hipoteca, el banco sumará esa deuda a otras que tenga?

    Muchas gracias

  7. francisco martin fajardo

    pague un prestamo hipotecario y ha fallecido el prestamista. los herederos estan en letigios y llevo catorce años esperando para poder levantar la hipoteca. q puedo hacer. muchas gracias. el prestamo lo pedi en el año 2000 y lo pague con sus intereses en el 2005 y estamos en 2019 y sigo sin el certificado tengo todos mis recibos

  8. Eugenia lisseth camarillo sauceda

    Si falleció el que me presto el dinero que procede si no dejo quien cobrará a los deudores

  9. José Rodríguez

    Mi duda viene en relación con esta cuestión: Si mi padre viudo es el prestamista y yo soy el prestatario y único heredero, ¿tengo que incluir el importe del préstamo no devuelto en el haber hereditario junto con los demás bienes y pagar el Impuesto de sucesiones? Si la respuesta fuese afirmativa y decidiese no incluir el importe del préstamo en el haber hereditario ¿podría Hacienda descubrir la existencia del préstamo a consecuencia de haber presentado el modelo 600 del impuesto de transmisiones patrimoniales? Muchas gracias.

  10. alexandra

    Hola, mi pregunta es:
    En el mes de octubre deje a mi hermano y mujer 7.900E ahora me esta devolviendo dinero por partes de 4000.en un mes y el resto en otro mes.. , nosotros no hemos hecho contrato de préstamo.
    lo que quiero saber si hacienda puede poner alguna sanción por ingresos de estas cantidad de dinero dinero ?

  11. Rosa

    Mi cuñado tiene una deuda con un prestamista. No puede pedir un préstamo a un banco para liquidar la deuda porque al tener esa deuda está en la lista de morosos. Le pide a mi marido (que es su hermano) que pida un crédito a un banco para darle a él el dinero y poder así cancelar la deuda con el prestamista, y después, al salir de la lista de morosos, pedir un crédito al banco para devolverle a su hermano (mi marido) el dinero prestado y que mi marido liquide el préstamo.
    Quisiera saber las implicaciones que supone todo esto y el riesgo que corremos. Mi marido y yo estamos en gananciales
    Mil gracias

  12. Jabes

    Hola… mi casa esta hipotecada con una persona particular no es con un banco… ahora… mi pregunta es; si ese prestamista fallece la deuda muere?o como seria?

  13. Luca M.

    Hola! Mi duda es la siguiente, una vez realizado el contrato privado a interés 0 y presentado en hacienda, hay algún trámite que hacer cuando la persona a la que he prestado el dinero me lo devuelve? En mi caso me lo ha devuelto por medio de transferencia y antes de finalizar el plazo indicado en el contrato. Gracias

  14. Monica

    Hola, si la prestataria es la madre y fallece, el prestatario tendría obligación de seguir pagando el préstamo a los herederos( en este caso a sus hermanos) aunque en el contrato no ponga esa cláusula? Gracias. No me queda claro al poner que si es el padre, se extinguiría ( entiendo si es el prestatario, no así si es el prestamista?)

  15. Ramon

    Tengo una deuda con un ex patron le abone pero murio y no termine de pagarle que pasa en este caso

  16. Iban

    Hola dejo aquí mis dudas.
    Si hago un préstamo entre particulares.
    Que opciones tengo para cobrar si no me paga?
    En este caso que le pasaría al prestatario?

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola,

      si no le pagase tendría derecho a reclamarle las cantidades con intereses e intereses de demora pactados en su caso. En el caso de que no hubiese éxito, a la via judicial.

      Un saludo.

  17. Sandra

    Hola tengo varias dudas, hice un contrato con mi padre y pusimos fecha 2020, pero no se lo voy a poder devolverselo a el le da igual. Que pasa si no cumplimos con la fecha puesta en el contrato? Hay fecha límite desde que se marca fecha y se incumple? Y si fallece antes de pagar la deuda, entiendo que al tener un hermano le tendría que dar la mitad de la deuda y como se haría el escrito en Hacienda en ese caso?

  18. Ines

    Hola. Mi jefe me hizo una transferencia bancaria a mi cuenta para ayudarme a comprar un piso y que se lo devuelva como pueda. No me hizo firmar ningún contrato.
    Solo cuenta que desde su cuenta Bancaria a la mía dice en concepto…. prestamo para compra de un piso.
    Si mi jefe falleciera sus herederos pueden reclamarme ese dinero?

  19. FERNANDO

    MI MADRE (VIUDA) ME HA HECHO UN PRESTAMO, LO HEMOS NOTIFICADOA A HACIENDA ETC… TENGO UN HERMANO QEU POR TESTAMENTO SOLO VA ARECIBRI EL 16 % SI MI MADRE MUERE ,¿SE EXTINGUE LA DEUDA O TENGO QUE SEGUIR PAGANDO LA DEUDA A MI HERMANO O UN TANTO POR CIENTO DE LA LEGITIMA?

  20. Juana

    Mis tíos nos dejaron a mi esposo y a mi un dinero. Tenemos un recibo hecho particular, entre nosotros. Ambos han fallecido. Los herederos ( los sobrinos), me reclaman ese dinero. Tengo derecho ha devolverlo o ha prescrito con el fallecimiento de ambos.
    Gracias

  21. Juan Leon

    Hola, Me gustaría poder solventar una duda sobre un préstamo entre particulares.
    Se trata de: El hijo de mi pareja tiene deudas de 14000 euros. Se encuentra el lista morosos y no puede solicitar préstamo en banco.
    Yo voy a pedir en mi banco un préstamo personal por esa cantidad para poder ayudarle sabiendo los pro y los contra de este movimiento.
    Sé que debo de realizar un contrato ¿ El contrato sería el tipo de entre particulares o a tener el préstamo intereses sería otro modelo y la notificación a Hacienda para hacerlo constar.
    Yo no recibiría intereses solo el pagaría el préstamo con los correspondientes intereses que aplicaria el banco.
    Un Saludo.

  22. Martina

    Hola! Estoy haciendo un trabajo de clase y tengo varias dudas. Expongo aquí el caso:

    El prestamista suscribe un contrato de préstamo con el prestatario SIN INTERESES.
    El contrato queda perfeccionado por escrito. El prestatario fallece. No obstante, el prestatario venía pagando al prestamista 50 euros cada mes en concepto de «intereses» a parte de la cantidad debida. El heredero se plantea si tiene que seguir pagando la deuda con o sin esos intereses (que el prestamista le reclama) ya que en el contrato no dice nada de ellos, y si además, tiene derecho a que le reembolsen los intereses que ya había pagado su padre (el prestatario original). En mi opinión, creo que al no estar pactados esos intereses, el heredero no tendría porqué estar obligado a pagarlos pero no sé si tiene derecho a reembolso de los ya pagados y tampoco si se le podrían descontar de la deuda que le queda por pagar.
    Muchas gracias.
    Un cordial saludo.

  23. MJOSE

    BUENOS DIAS UN PRESTAMO ENTRE PARTICULARES DE VARIAS CANTIDADES ENTRE ENERO Y JUNIO 2020 Y HACEMOS EN SEPTIEMBRE UN DOCUMENTO POR EL TOTAL DE LAS CANTIDADES , CUAL ES LA FECHA DE EFECTO DEL PRESTAMO LA FECHA DE CADA CANTIDAD POR SEPARADO O LA DEL DOCUMENTO
    GRACIAS

  24. Hugo

    Si el prestamista fallese pero el pago lo realice con un trabajador sullo pero no me entrego los pagare y el familiar me esta cobrando nueva mente

  25. Rubén

    Buenos días un prestamista me pide un adelantado para el seguro vinculado al préstamo
    Es legal

  26. jorge

    que pasa en un préstamo particular si muere el prestamista tengo que seguir pagándole a la viuda.
    gracias

  27. N

    Hola. Voy a hacer un préstamo de 20.000eu a la hija de mi pareja, pero me lo irà devolviendo él. En el caso de que él falleciera, qué pasa con la deuda y teniendo en cuenta que no hay ninguna herencia . Se deberia hacer un seguro de vida? Podria ser para cubrir sólo estos 20.000eu? Cuanto podria costar?

  28. Cristina

    Hola, buenas tardes
    Después del fallecimiento de mi padre, mi hermana y yo nos encontramos en su vivienda dos contratos de mutuo acuerdo que había contraído con una conocida suya, el en calidad de prestamista y haciendo constar unos intereses en el total de la cantidad, a pagarle la conocida en cuotas mensuales
    Mi padre en este caso no dejó testamento, no tenía propiedades a su nombre, ni bienes, ni dinero en el banco, si una deuda por no pasar pensión en su momento
    Mi pregunta es, si algo podemos hacer para reclamarla mi hermana y yo sin que haya dejado testamento

  29. Cristina

    Hola, buenas tardes
    Después del fallecimiento de mi padre, mi hermana y yo nos encontramos dos contratos de mutuo acuerdo que mi padre había contraído con una conocida, el en calidad de prestamista, a pagarle en cuotas mensuales y con unos intereses
    Mi padre no dejó testamento, no disponía de bienes, si de una deuda con los juzgados por no haber pasado pensión
    Mi pregunta es si algo podríamos hacer mi hermana y yo para reclamar esa deuda

  30. Rebeca

    Buenos días,
    En el supuesto de un préstamo entre particulares, a 0% de interés. Fallece el acreedor y queda aún la mitad de cuotas por pagar. El deudor es heredero del fallecido al 50% (son amigos), el otro 50% es heredera la esposa del fallecido ¿las cuotas que queden por pagar/cobrar corresponderían a los dos herederos, a partes iguales?
    Para evitar esto, ¿se podría establecer VIA CONTRATO de préstamo (Antes de formalizarlo), que en caso de fallecimiento, las cuotas que queden por pagar, correspondan exclusivamente al amigo (no a la esposa)? O, por el contrario, está especificidad sólo puede hacerse VIA TESTAMENTO ante notario?
    Gracias, un saludo,

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