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Gastos en defensa jurídica como deducción del IRPF en la declaración de la RENTA.

      He tenido un problema laboral, en el que he tenido que recurrir a un abogado, ¿estos costes de defensa jurídica son deducibles ante la RENTA (IRPF)?

     Esto es lo que nos preguntan en varias ocasiones nuestros clientes (y no clientes), e igualmente por propia iniciativa en los procedimientos laborales que llevamos, informamos de ello. Debemos comenzar hablando de los gastos que se pueden deducir de los rendimientos del trabajo en el IRPF, los cuales además de ser pocos, vienen recogidos en una lista “cerrada”, es decir, no se permite deducir otros gastos que los establecidos expresamente en la Ley del Impuesto.

      Tienen la consideración de gastos deducibles de los rendimientos del trabajo personal, en el IRPF, tal y como se establece en el artículo 19 letra e) de la Ley del IRPF exclusivamente los siguientes:

  • Cotizaciones a la seguridad social, mutualidades generales obligatorias de funcionarios, derechos pasivos y colegios de huérfanos o entidades similares.
  • Cuotas satisfechas a sindicatos.
  • Cuotas satisfechas a colegios profesionales, cuando la colegiación tenga carácter obligatorio para el desempeño del trabajo, en la parte que corresponda a los fines esenciales de estas instituciones, límite 500 euros anuales.

    Gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, límite de 300 euros anuales

     Es en el último punto en el que esta ocasión nos vamos a detener. La deducción de los gastos derivados de la defensa jurídica por litigios contra la persona de la que se perciben dichos rendimientos del trabajo, es decir, los derivados directamente de conflictos-litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos (es decir, su empleador), son deducibles con el límite de 300 euros anuales.

     Dicho lo anterior, para que haya tal deducción no hace falta que se termine en el juzgado, sino que el mero hecho de que exista realmente un conflicto y la necesidad por tanto de contratar los servicios de asesoramiento de un profesional ya sea abogado, graduado social o procurador hacen que se pueda dar por aplicado el artículo 19.e) de la Ley del IRPF. Esto sucede en ocasiones en las que existen conflictos por despidos, extinción de contrato, fraude laboral, reclamaciones de cantidad… todo ello respetando siempre el límite de 300 € anuales e igualmente justificado a través de facturas que el profesional de turno le deba emitir (nosotros emitimos siempre factura, pero hay profesionales… que se les “olvida” realizarlas).

     Dichos importes se pueden deducir en el año en que se pagan, no es necesario que se haya cerrado el procedimiento judicial. Siempre teniendo en cuenta que existe, como hemos dicho, un máximo de deducción de 300€.

     Además, existen diferentes Comunidades Autónomas que viene a establecer deducciones también.

  Por ejemplo, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, existe una deducción en el IRPF autonómico por el mismo concepto, concretamente en la Ley 17/2011 de 23 de diciembre, en su artículo 15.ter, con un limite de 200 euros. Ambas deducciones (estatal y autonómica) son compatibles entre si, con el limite conjunto del importe de los gastos de defensa jurídica facturados, pudiendo deducirse también el IVA. Es decir, en la parte estatal nos deduciríamos 300 € y en la parte autonómica 200 €.

     ¿Tienes alguna duda? ¿necesitas asesoramiento? contacta con nosotros:

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155 Responses to Gastos en defensa jurídica como deducción del IRPF en la declaración de la RENTA.

  1. Chesco

    Buenos días, use un abogado de CCOO para el recurso de una contingencia por accidente laboral,la gane y me tuvieron que pagar la diferencia de la baja, los gastos del abogado los puedo deducir,?, entiendo que si por que es una reclamación de cantidad?, en el juicio demande a la mutua,a mi empresa y a la seguridad social, muchas gracias de antemano

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Hola Chesco,

      si las cantidades que te devolvieron entran dentro de tu rendimiento personal, puedes deducirte tal factura hasta el límite establecido que podrás encontrar en nuestro artículo. Importante que tengas factura, y los conceptos bien especificados.

      Un cordial saludo.

  2. Gaby

    Buenos días, el año pasado fui a juicio por amonestaciones, llegando a una conciliación instantes antes por el que me retiraban las sanciones.
    Entiendo que en este caso también serían deducibles los gastos de abogado hasta un tope de 300 euros (no se si en Madrid habrán otras deducciones autonómicas.

    Una duda que tengo es si el seguro del hogar te cubre una parte o la totalidad de lo que has pagado al abogado, se sigue pudiendo aplicar la deducción?

    Y lo que el seguro te indemniza hay que declararlo de alguna forma?
    Muchas gracias!!!

    • Hola Gaby,

      el litigio lo tuvo usted por lo que si la factura está a su nombre es usted quien es el que recibe el servicio a deducir. Otra cosa es que tenga un seguro que lo cubre y lo paga, pero lo importante es ver a nombre de quién está la factura, por lo que si está al suyo es 100% deducible. Respecto al seguro, habría que estudiarlo ya que puede declararse de diferentes formas según el origen.

      Cualquier duda o solicitud de servicio de asesoramiento, a su disposición.

      Un cordial saludo.

      • Jesús

        Si el seguro te indemnizó el gasto de la factura a tú nombre de abogados entiendo q no existe ganancia patrimonial y no tendrías q deducirte el gasto. Y si te lo deduces, tendrás q realizar también incremento por ganancia por la parte q te indemnizó. (sería correcto los dos casos?)

  3. María

    Buenas tardes: satisfice en concepto de honorarios el 50% de un total de 580 euros ( 480 más 100 euros en concepto de iva) por un proceso de despido y reclamación de cantidad. Tengo la intención de deducir tal cuantía en concepto de gastos por defensa jurídica, pero no sé si tengo que repartirlo entre la cuota autonómica ( 200 euros) y la estatal ( 300 euros). ¿ Lo deduzco directamente todo en la cuota estatal y ya cubre todo el importe? ¿Puedo incluir el iva ? Muchísimas gracias.

    • Buenas tardes María,
      Puedes incluir en tu declaración de la Renta todos los pagos que hayas realizado por los servicios jurídicos siempre teniendo en cuenta que tengas factura. Así mismo, el IVA que has pagado a través de la factura lo puedes incluir igualmente como bien dice nuestro artículo. Las cuantías son acumulables entre cuota estatal y autonómica, es decir que si son 580 € puedes repartirlos de la manera que has realizado. La cuota estatal es máximo 300 € y la cuota autonómica depende de la Comunidad Autónoma en la que residas.

      Cualquier duda o solicitud de servicio de asesoramiento, a su disposición.

      Un cordial saludo.

  4. Blas

    Buenas tardes en que casilla de la renta 2017 se incluye gasto por abogado reclamacion por modificacion sustancial de condiciones .gracias.

  5. jose manuel

    Buenas tardes
    El año pasado mi empresa me abono en las nominas repartidas (en 6 nominas) una cantidad de 6000 euros por un juicio de reclamación de cantidades.
    Mi abogado se llevo 500 euros por mi defensa jurídica.
    En este año que hago la renta, se puede desgravar hasta un máximo de 300 euros.
    Es verdad y que tengo que acreditar.
    Muchas gracias

  6. Palma G

    Buenos días, tuve un acto de conciliación con el banco en el juzgado por clausula suelo, en el mismo se llego al acuerdo para devolución de cantidades, mi abogado me cobro 445 euros, que cantidad debo incluir en cada apartado?. por otro lado la devolucion es desde Agosto de 2009 hasta octubre de 2013 ( fecha en la que el banco dejo de aplicar la clausula) incluyo solo lo deducido en 2013 ya que lo anterior habría prescrito ? o he de incluirlo todo, muchas gracias y un saludo.

    • Hola Palma,

      por gastos de abogado en este tema desgraciadamente no hay prevista ninguna deducción, es solo para asuntos referente a conflictos laborales. Eso si, por lo que comentas te han devuelto cantidades por cláusula suelo y por ello habría que adaptar tu declaración de la Renta a tal devolución.

      Si necesitas aclaración o recibir de nuestros servicios, a su disposición.

      Un cordial saludo.

      • Ruth

        Buenos días, con respecto a facturas de letrados por temas de hipotecas, tenía entendido que si podía deducirse en la declaración, entiendo que ninguna de las facturas es deducible (me refiero letrados, sino es por tema laboral)? Muchas gracias!

  7. Jose Gallardo

    Hola buenas tardes.
    He tenido unos problema con la empresa a la cual me debia un dinero que decía no me pertenecía fuir a abogado a informarme el cual me cobro la visita 50 euos esto fuer en 2017 le lleve la documentación que me pidió y se la lleve fuimos a juicio y se llego a una conciliación y el abogado me cobro 200 euros en 2018 debo declaralo todo junto o los 50 euro de la visita no se declaran pues tengo dos recibos el de 50 euros y el de 200 euros.
    Muchas gracias por su respuesta y un saludo.

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Hola José,

      debes de preguntarle a tu abogado si declaró a través de facturas tal ingreso. Tienes dos recibos pero entiendo que no te dio factura por lo que debes de confirmarlo, de ser así te puedes deducir los 250 €.

      Cualquier duda, a su disposición.

      Un cordial saludo.

  8. Sara Martín de Hijas

    Hola, buenas tardes,hace mas de tres años cerró la empresa en la que trabajaba, reclamamos, fuimos a juicio y demás, tuve que incluir en la renta 2016 los ingresos percibidos de atrasos de nominas, abonados por fogasa (la indemniazion no hacia falta). Por el contrario, por desconocimiento no incluí los gastos del abogado (referentes a esa reclamación) . Mi duda es la siguiente:
    ¿Podría incluir esos gastos en la Renta 2017? o por lo contrario ¿Podría hacer una complentaria de la Renta 2016?
    En espera de respuesta, les agradezco el servicio prestado y les envío un saludo.

  9. Sergio

    Buenas tardes,
    Vivo en Andalucía y tengo un gasto jurídico, con factura, por un despido improcedente de 211,75 euros.
    Sabiendo que puedo poner en la casilla 013 la cantidad de la factura para deducción estatal ¿Habría posibilidad de deducir esta cantidad también por vivir en Andalucía aunque la cantidad supere los 200 euros? Si es así, ¿En qué casilla habría que poner la cantidad y si habría que poner la cantidad que viene en la factura o se tendría que repartir entre las casillas estatal y autonómica? Muchas gracias

    • Hola Sergio,

      solo puedes deducirte lo que te hayan cobrado una vez. En la parte Estatal son 300 € y en Andalucia 200 €. En total puedes deducirte 500 € por lo que los 211,75 puedes deducírtelo por entero pero no duplicándolo, solo te puedes deducir los 211,75 en total.

      Un cordial saludo.

  10. Wow! After all I got a blog from where I be able to in fact obtain helpful data concerning my study and knowledge.

  11. Jesús Reina

    Buenos días,

    En 2014 fui despedido y acudí a un abogado que emitió una factura que deduje en ese mismo ejercicio. El proceso continuó a través de otro abogado y se demoró hasta 2017, cuyos honorarios fueron satisfechos en Octubre. ¿Puedo deducir dichos honorarios en ésta declaración?
    Por otro lado, la última factura no me fue entregada por lo que la he reclamado via burofax. ¿Sirve de justificante ante Hacienda junto con el recibo de la transferencia?

    • Buenas tardes Jesús,

      si efectivamente hubo un trabajo que realizaron por ti de asesoramiento en asuntos laborales, puedes deducirte la cuantía de la factura. Debes saber cuál es su total en todo caso, por lo que nos comentas de que estás reclamando factura y no te la envía. En principio si debe emitir factura, declara la cuantía (en el caso que la sepas) y si por un casual la AEAT te pide justificación de la cantidad deducida utilizar la reclamación realizada de tal factura (burofax) y el recibo de la transferencia.

      Un cordial saludo.

  12. Juan Antonio

    En el ejercicio 2017 tuve que reclamar via judicial la indemnización por despido el cual generó una renta de trabajo exenta, puedo deducir los gastos de abogado con limite de 300 €. El despido se produjo en 2016 pero el juicio la sentencia y gastos de abogado son de 2017

  13. Raúl

    Hola buenas tardes, gracias por poneros a nuestro servicio de este modo. Recientemente he sabido que podía deducir los gastos de defensa jurídica siempre que sean por litigios con el empleador. Ahora, al hacer el borrador de la declaración de la RENTA, me surge la duda de si me podré deducir el gasto que tuve cuando el 18/12/2015 me despidieron y recurrí el despido a través de un abogado ante el SMAC. El abogado, que me asignaron desde LEGALITAS me llevó 500€ por las consultas, la representación ante el SMAC y por interponer, posteriormente, una denuncia ante la Inspección de trabajo. Todo aquello comenzó a finales de 2015 y finalizó a comienzos de 2016. (Como no lo he sabido antes, nunca he deducido estos gastos).

    De nuevo muchas gracias por este servicio.

  14. Miguel Angel

    Buenos días
    Tengo una duda, en la declaración del 2016(litigio cerrado) incluí el máximo de deducción permitida 300euros, pero la cuantía abonada a mi abogado era muy superior, ¿se puede incluir en la declaración de 2017 la diferencia?

    Saludos

    • Hola Miguel Ángel,

      solo es posible declarar tales cuantías en el ejercicio en el que se emitió factura por parte de su abogado. En algunas Comunidades en la parte autonómica existe también dicha deducción, por lo que revise si en su Comunidad puede deducirse más de 300€ y realizar declaración rectificativa si le conviene.

      Un cordial saludo.

  15. María García

    Buenas noches.

    En 2017 interpuse pleito por injurias y calumnais a una (ahora excompañera) compañera de trabajo. El motivo era la desacreditación, mentiras..etc, para quedarse con mi puesto de trabajo (ya que mi categoria profesional era superior a la de ella), el cual gané en acto de conciliación previa , ¿podría deducirme la factura en la renta?.

    Muchas gracias.

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Hola María,

      entendemos que hubo denuncia penal o demanda civil contra esa compañera, de todos modos si fuera por la via laboral la demanda siempre debió de realizarse contra la empresa para poder deducirte tal factura de la defensa que desde un abogado se te haya proporcionado.

      Un cordial saludo.

  16. Ana María

    Se pueden desgravar los gastos jurídicos de litigar por Valores Santander?
    He ganado el juicio pero he pagado abogado, notarioetc

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Lo siento Ana María, solo son deducible gastos efectuados por defensa jurídica en materia laboral (despidos, reclamaciones de cantidad, etc).

      Un cordial saludo.

  17. Yolanda Fernández

    Buenas tardes:

    Con respecto a la defensa jurídica dicha factura para deducir es con IVA o sin IVA. Tengo una factura de 121 € (100 BASE IMPONIBLE Y 21 € DE IVA) Mi pregunta es ¿Cual es la cuantía para deducir lo 100 € o los 121€?

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Hola Yolanda,

      te deduces los 121 ya que es la cantidad total que has abonado y no puedes deducirte IVA obviamente por ser particular.

      Un cordial saludo.

  18. Ainhoa

    Buenas tardes.
    Voy a abonar los honorarios al abogado por un litigio con mi empresa y quisiera saber si para desgravar el importe a parte de tener factura es necesario que el pago sea electrónico como pasa con otras deducciones o puede ser en efectivo.
    Gracias y saludos,

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Buenas tardes,

      lo importante es tener factura del abogado en cuestión y que éste obviamente también la declare. El modo de pago es indiferente.

      Un cordial saludo.

  19. Lola Gonzalez

    Buenos días,
    en mi caso tuve que demandar a la administración por anomalías en una OPE 2017. Tras tener SENTENCIA FIRME hace una semana del TSJ de mi CCAA, y pendiente de ejecución sentencia con la cual obtendré plaza laboral fija, mi pregunta es si dichos gastos (con el máximo de 300€) también son deducibles, y qué debería especificar la minuta (la que me facilitan indica que dicho importe es por la intervención en recurso contencioso y apelación ante sala contencioso administrativo -el TSJ puso costas a parte contraria-).
    Muchas gracias

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Buenas tardes Lola, según comenta las costas las ha pagado la parte contraria por lo que de no haberlas abonado usted no procede la deducción. De igual manera, no entraría este tipo de litigio dentro del ámbito objetivo de aplicación de la deducción amparada por la Ley del IRPF.

      Un cordial saludo.

  20. Rita

    Me han indemnizado 16.500e por despido improcedente. El abogado se queda con casi 2.000e de esa indemnización por gastos y su sueldo…
    Puedo pedirle factura de esa cantidad que se queda el abogado y declararlo ha Hacienda??

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Hola Rita,

      puedes deducirte hasta 300 € de esa factura, al menos en cuanto al tramo estatal. Al tramo autonómico habría que ver a qué Comunidad Autónoma perteneces y si existe deducción a tal efecto y de cuánto.

      Un cordial saludo.

  21. Pablo

    Buenos días,
    En este mes de octubre´18 he finalizado de abonar una factura de abogados del año 2010, en materia de despido, puedo deducirme la factura en la siguiente declaración del IRPF? aunque hayan pasado 8 años desde la facturación?

  22. Isabel Cuenca Garcia

    Mi abogado me pide 11.800€por haber llevado reclamacion de cantidades.
    Pregunta: de esta cantidad solo es deducible 300€?

  23. Jose

    Si yendo a juicio con abogado se desestima la demanda por causa laboral y se recurre a recurso a tribunal superior de justicia habiendo transcurrido entre los dos procesos más de un año natural y habiendo coincidido cada uno en un año natural distinto ¿se podrían aplicar los gastos de cada juicio en cada año? Es decir aplicando el primer año la reducción de hasta 300€ por los importes satisfechos el primer año y el siguiente año los gastos correspondientes y abonados el siguiente año hasta otro máximo de 300€? y si el importe lo permitiera y te condenan a pagar las costas del otro abogado también son deducibles?
    gracias

  24. Mara

    Buenas, ¿serian deducibles los gastos de procurador por un recurso de casación en un procedimiento contencioso-administrativo (es contra mi empresa, que en este caso es una administración pública? En la factura el desglose que aparece es por: procedimiento, incidente de nulidad, iva y cuota colegial.
    Muchas gracias de antemano por su respuesta. Un saludo.

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Buenas tardes Mara, serían deducibles los gastos de defensa jurídica y la defensa la realiza el abogado, no el procurador quien representa. La factura del abogado si puede deducírsela según la normativa.

      Un cordial saludo.

  25. Esto es realmente bueno, eres un blogger muy profesional. Me he unido a tu RSS y deseo leer más cosas en este gran blog. Además, !he compartido tu sitio en mis redes sociales!

    Saludos

  26. José Manuel Gómez

    Hola, Buenas tardes.
    El año pasado, concretamente en enero, tuve un juicio para que la empresa, después de una excedencia, me devolviera el puesto de trabajo. Se ganó el juicio y el letrado me pasó una factura, del 15% de mi sueldo anual más el IVA, ya estaba acordado de antemano.
    Esta factura supera con creces los 300€ de los que se habla. ¿Solo puedo deducirme 300€ del total o también parte del IVA? En caso de una u otra, o de las dos posibilidades, ¿en qué casilla/as de la declaración hay que poner la cantidad? Y, ya por último; ¿en esas casillas hay que poner solo los 300€ (el máximo) o el total que viene en la factura?
    Muchas gracias.
    Saludos
    José Manuel

  27. RobertHM

    Hola buenas noches,tengo una pequeña duda,he reclamado a través de un abogado unas diferencias salariales cuatro años,el día del juicio no llegamos a entrar,ya qué antes de entrar la empresa nos ofreció un acuerdo,en el cuál aceptaba las cantidades reclamadas,así qué no se llegó a juicio,la empresa entró en concurso acreedores,se solicitó las cantidades al fogasa,este mes ha pagado,y tengo la duda de qué al no haber llegado a juicio,esa cantidad cobrada del fogasa no tengo qué declararla en el año qué se hizo efectiva la sentencia firme,ya qué no jubo sentencia al llegar a un acuerdo,y según tengo entendido tendría qué dividir esa cantidad por los años reclamados esas diferencias qué serían 4 y la cantidad qué de,hacer declaración complementaria de esos años añadiendo la parte proporcional de cada uno al rendimiento obtenido,no se si es así ó estoy equivocado,y la otra duda es al ser superior la factura del abogado a ese límite de 300€ por año,en vez de declararlo este año cuando pago,podría hacer lo mismo y prorratear ese importe por los años exigidos?

    Saludos y gracias de antemano…

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Buenas tardes,

      la factura de abogado se declara únicamente en el ejercicio en el que se devenga dicha factura. Con respecto a las cantidades de salarios deberán ser imputados al periodo impositivo en el que fueron exigibles para el trabajador. Por tanto, deberá presentar una declaración complementaria del IRPF de tal ejercicio.

      Esta declaración complementaria no conllevará sanción ni intereses de demora ni recargo alguno, ya que el percibe los salarios en un ejercicio posterior al que debiera por causas justificadas no imputables a usted.

      Sobre el plazo de presentación de esta declaración complementaria, será el comprendido desde el momento en que percibe el pago del FOGASA, “hasta el final del plazo voluntario de presentación de la declaración de la renta”. Esperamos haber aclarado sus dudas.

      Reciba un cordial saludo.

  28. Ana

    Hola, mi pregunta es la siguiente: el año pasado tuve un juicio rápido y tengo la factura del abogado que me representó, estas causas se pueden deducir?

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola,

      solo se pueden deducir facturas de abogado en asuntos laborales.

      Reciba un cordial saludo.

  29. María

    Buenos dias,
    tuve que mandar un burofax a la empresa para dejar constancia de que no estaba de acuerdo con las últimas nóminas recibidas pero no fue a través del abogado, ¿eso se podría deducir como gastos de defensa jurídica?

    Gracias

  30. Paula

    Buenas tardes.
    Este año 2019 he denunciado a la empresa por despido improcedente primero, y no hubo acuerdo en el SMAC, y después otra demanda por cantidades, que tengo el día 4 de abril y estoy pendiente de llegar a un acuerdo con la empresa. Tengo 3 preguntas: la primera es si tengo que incluir la indemnización por despido improcedente en la declaración de la renta que tengo que hacer ahora, o no (en caso de llegar a un acuerdo en el SMAC del jueves, claro) La segunda pregunta es si los 300€ por gastos de mi abogada (que me cobra bastante más) los puedo desgravar ya en la declaración de este año, la que voy a presentar ahora en 2019, o tengo que esperar al año siguiente. Y la tercera es que como en realidad son 2 demandas a la empresa, una por despido improcedente y otra aparte por cantidades, si podría desgravar 300€ + 300€ o solo 300€ en total. Y en dónde puedo ver si hay alguna deducción más por esto en Galicia, que es mi CCAA. Un saludo y muchas gracias de antemano.

  31. Jose Maria

    Hola el año pasado tuve que contratar los servicios de un abogado para la realizacion de un inatancia dirigida a la Armada , ya ue soy militar, donde reclamaba unos temas de vacantes y formacion. ¿Podria deducir la factura que emitio el abogado(con importe de unos 180€) con sede en las Palmas de Gran Canarias?

  32. María

    Buenas tardes. Mi pregunta es la siguiente:
    Soy funcionaria de educación (Junta Andalucía). Tengo muchos problemas de salud que me impiden trabajar. Después de muchos problemas y negativas de incapacidad permanente, tuve que poner una demanda judicial en 2016, de la cual aún no tengo resolución, pero que sigo pagando al bufette que me lleva el caso. ¿Estos gastos serían deducibles en la declaración de Hacienda? ¿Y los gastos del peritaje médico que necesité para el juicio? Muchas gracias. Un cordial saludo.

  33. Manuel

    Hola! Tengo una factura de un abogado que me ha llevado el caso de la revisión de una invalidez permanente total que ya tenía pudiendo trabajar en otro trabajo distinto al que tenía. Donde, o sea, en que casilla tengo que poner el importe de la factura o minuta en el modelo 100 de la declaración. Decir, que no he recibido indemnización alguna, solo me han dado la razón en un juicio por empeoramiento de la enfermedad que ya tenía sobre la anterior invalidez y me han dado la invalidez absoluta.
    Gracias

  34. Mayra

    Hola, el pasado año denuncie a mi empresa por cambio de condiciones laborales, fuimos a acto de conciliación y no se celebró juicio pactando mis derechos, mi abogado me emitió una factura de 726€ en la comunidad de Madrid, para declarar esta factura en que casilla me corresponde y si me cubre la parte autonómica de la C. M. ya que es superior a los 300€ de máximos. Muchisimas gracias de antemano.

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola Mayra,

      la cuota estatal la cubres, en cuanto a la cuota autonómica en Madrid no se disfruta.

      Por tanto, puedes deducir 300 € en la cuota estatal.

      Un cordial saludo.

  35. Enrique

    Buenos dias:
    Tengo una factura de mi abogado por un juicio contra la seguridad social por incapacidad permanente que ha sido favorable.
    Esa factura es deducible?
    Muchas gracias.
    Un saludo.

  36. Victor Rosado

    Hola,
    La pregunta no es exactamente de este hilo, pero a ver si me la pueden aclarar.
    Al hacer la declaracion de la renta de este año, he tenido que regularizar las deducciones por el cobro indebido de la clausula suelo. Eso lo tengo ya mas o menos claro.
    El problema viene ahora con el cobro de costas, ya que la totalidad de las costas me las han ingresado a mi al considerar al banco culpable con el pago de las mismas. Acto seguido, yo le ingreso al abogado y procurador el importe de las mismas (segun acuerdo contraido con esta resolucion del proceso) previa factura por su parte.
    Ahora hacienda me imputa un incremento patrimonial por el importe de las costas, pero no me lo puedo deducir aunque tenga las facturas de abogado y procurador?
    No lo puedo entender, porque asi, Hacienda cobrará por mi incremento patrimonial y por rendimientos de trabajo del abogado y procurador al declarar dichos ingresos.

    Se puede hacer algo?

    Muchas gracias, un saludo

  37. Isabel

    Buenos días, en el 2018 tuve un juicio reclamando cantidades a mi empresa, pero no es hasta el año 2019 cuando el abogado me ha mandado la factura y la he abonado en este año 2019. Mi pregunta es ¿me la puedo deducir en la declaración de este año? o tengo que esperar hasta el próximo año para poder deducirla. Tendría algún problema, ya que el juicio se celebró en el año 2018

    Un saludo

  38. Nico Padilla

    Hola. El año pasado contraté los servicios de un abogado para un litigio sobre mi vivienda. Resumo. Mi ex marido tiene el 50% de la propiedad de la vivienda aunque no vive en ella (soy yo la que vivo y pago la hipoteca), pero me llevó a juicio porque quiere el dinero correspondiente a su parte. La sentencia fue que se vendiese. ¿La cantidad pagada por mi a mi abogado se puede poner como deducible en la Renta?. Gracias.

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola Nico,

      no, solo se pueden deducir facturas de abogados en litigios laborales.

      Un cordial saludo.

  39. m. carmen

    Buenas tardes demande a la comunidad de Madrid pidiendo la figura indefinido no fijo pero desestimo el recurso y por ello pague a mi abogado 367 euros .¿puedo deducirme los 300 euros y en que casilla lo pondría de ser afirmativo?, muchas gracias

  40. jose gomez gomez

    Hola, mi mujer ha tenido gastos de abogados por tema de incapacidad laboral, puedo meter en la declaracion los gastos de abogado?, gracias

  41. Estoy encantado de encontrar posts donde hallar informacion tan util como esta. Gracias por poner este post.

    Saludos

  42. Juli

    Hola, éste año fuí condenada en costas con casi 12.000€ en un juicio contra un abogado q tenia que haber reclamado a mi empresa una extensión de sentencia y se le pasó el plazo de hacerlo. Perdí el juicio porque él alegó q tenia q haber demandado al sindicato para el que el trabaja. Mi empresa es publica.
    En este caso ¿me puedo desgravar de las costas? ¿O del abogado que contraté para el litigio?
    Muchas gracias

    • admin

      Hola Juli,

      entiendo que se enfrentó en un juicio contra el abogado que le llevó su asunto y perdió. En este caso obviamente no puede deducirse nada, solo la factura que le hizo en su día el abogado en el litigio que tuviera con la empresa.

      Reciba un cordial saludo.

  43. Jimmy

    ¡Hola, buenas noches!
    Queria preguntar si los gastos de abogado y procurador por un litigio no laboral generado en 2019 son deducibles en la campaña del IRPF que empezará en el año 2020.
    Un saludo

  44. Pedro

    Buenos dias,tengo un contencioso por una hipoteca al que pago una mensualidad pactada con mi abogada durante año y medio para cubrir los gastos de la demanda¿ podría deducir esos gastos en mi declaracion ?soy de canarias gracias.

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola Pedro, la deducción de la factura solo es válida para asuntos laborales.

      Recibe un cordial saludo.

  45. Nacho

    Me han indemnizado con 6000 euros por una intromisión en mi honor (o algo así). Pacté con el abogado que se quedaba con el 30%. La preguntas es si en la declaración de irpf tributo por el 70% que me llevo o por el 100% .
    Gracias

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola Nacho,

      tendríamos que revisar su asunto para ello, pero las facturas de abogados en estos asuntos no cuentan para la deducción que exponemos.

      Un cordial saludo.

  46. Clemente

    Buenas tardes hace dos años cobre por fogasa y tuve que pagar al abogado casi 1600 eur, ese año trabaje poko y me descontaron unos 100 eur hice la declaracion y declare la factura del abogado y solo se me devuelve los 100 eur que me retuvo la empresa para hacienda , esto es asi o por la factura del abogado me tendrian ke haber devuelto mas ?? Gracias.

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola Clemente,

      la deducción es de la Base inicial que no una reducción final, al menos la estatal. La parte autonómica si la sentiría en gran medida, solo que depende de donde viva dicha reducción existe o no. En todo el territorio son 300 € lo que uno se puede deducir.

      Un cordial saludo.

  47. Raúl

    Hola,he ganado un contencioso administrativo a la Tesorería de la Seguridad Social de Valladolid en referencia a un alta continuada en la Seguridad Social. He tenido que costearme el procurador y el abogado.¿Serían deducibles esos gastos?

  48. Vasili

    Buenas tardes,
    Quisiera preguntarles, por si a alguien mas sirve de ayuda también. El año pasado he sido desempleado más de 3 meses, y ahora, cuando tengo que presentar irpf , también lo estoy. Que situación laboral debo poner en declaración del año pasado?
    Agradezco enormemente por aclaración

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola Vasili,

      en primer lugar no entendemos bien su pregunta y, en segundo lugar para asesoramiento damos servicio. Por lo que le invito a ponerse en contacto a través de nuestro CONSULTORIO ONLINE.

      Reciba un cordial saludo.

  49. Ismael

    Hola haber si me podéis ayudar pague en tema de abogado 1210 euros en litigios contra la empresa.soy de Andalucía no me queda claro si tengo que poner 1210 euros en la cuota estatal y en la autonómica. O tengo que poner en la casilla 300 en la estatal y 200 autonómica. Tengo que adjuntar la factura a la declaracion o como verifican los pagos y si me podéis decir que casillas son la estatal y la autonómica saludos y mil gracias

  50. Laura

    Buenas noches,

    En diciembre de 2018 me despidieron y denuncié a la empresa.En Noviembre de 2019,se llegó a un acuerdo con la empresa en el juzgado y el abogado me pasó factura con la minuta+IVA del % que se llevaba de la cantidad ganada.Además también le pagué para que pudiera presentar la demanda en el smac y llevarme los papeles.
    El importe de la factura de la minuta+iva,ya supera los 300€.
    Por lo que solo podría deducirme ese gasto como máximo y no toda la factura,verdad?
    Soy de Valencia,hay alguna deducción extra por comunidad o solo la estatal en mi caso?

    Por otro lado,al ser un despido por causas objetivas económicas,me han comentado que el dinero ganado en la demanda está exento de declararlo en la renta,es correcto?

    Muchas gracias

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola Laura,

      podrías deducirte los 300 € de la cuota estatal. En cuanto a la autonómica tendrás que revisar si existe en la actualidad algún tipo de deducción. Por otro lado, las indemnizaciones de despido están exentas de la renta siempre y cuando se entienda el despido no improcedente o improcedente a través del CMAC o Juzgado.

      Reciba un cordial saludo.

  51. Jorge

    Buenas tardes. Les escribo porque al realizar la declaración de la renta he tenido que introducir en la casilla 016 un importe en gastos de defensa jurídica. Tengo dudas porque el importe a devolver es el mismo tanto si relleno la casilla como si no. ¿Es normal o estoy haciendo algo mal? Muchas gracias de antemano, un saludo.

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola Jorge,

      debe de fijarse en la cantidad de retenciones.

      Un cordial saludo.

      • Jorge

        Si, introduzco 300€ y guardo en la casilla 016, pero al presentar la declaración, la cantidad a devolver no varía. Muchas gracias por la contestación, un saludo.

        • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

          Hola Jorge,

          si no tiene más retenciones de las que poder deducirse, es obvio que no le devuelvan más ya que no habría más que devolver.

          Un cordial saludo.

  52. Jorge

    Buenas tardes.
    Quiero estar seguro de los conceptos que llevarà la factura a emitir x el abogado.
    Paguè x defensa jurìdica 800€.
    La Factura debe contener impuestos que paga el Abogado?
    Si yo paguè 800. Sòlo hacienda me reconoce 300€.?
    Gracias.

  53. Hola, ¿podrían decirme si el gasto de fondo de 300 euros para mi defensa es deducible?
    Muchas gracias.

    Un saludo.

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola Ricardo,

      ¿de qué defensa nos habla? Solo se pueden deducir gastos de defensa jurídica referente a lo laboral.

      Un cordial saludo.

  54. Fernando

    Buenos días, no se si me pueden aclarar estas dudas:
    Cuando se produjo la extinción laboral me indemnizaron con 20 días por año trabajado con ellos y otros 20 días por año de antiguedad reconocido en contrato (no trabajado con la empresa). De éste ultimo importe se retuvieron las cantidades correspondientes a ese año sin reducción.
    Tras resolución judicial por improcedencia del despido, unos años más tarde, me indenmizaron el resto sin retención por IRPF. La factura del abogado fue de 3000 €.
    Mi pregunta es si cuando lo declare:
    1. De la base reconocida como rendimiento del trabajo (antigüedad acordada 8 años) puedo reducir el 30% por ser generada en varios años. (4 Años trabajados con la empresa que indemniza)
    2. Lo tengo que declarar en el año de sentencia firme por el tribunal superior (aunque el importe lo cobré un año después tras ser denegado el proceso de casación) o en el año en que se produjo el despido.
    3. La factura de 3000€ mas IVA la pagué en una sola vez cuando cobré ¿este lo puedo declarar como generado en varios años? y ¿en qué año lo tengo que declarar?

  55. Irene

    Buenas tardes,
    Mi abogado emitió una factura por 500€ en diciembre de 2019, pero se le abonó en 2020. Vivo en Andalucía, por lo que me podría deducir 300 en la parte estatal y 200 en la autonómica. Mi pregunta es si lo puedo hacer este año o debo esperar al siguiente y en caso de tener que esperar al próximo, si podría deducirme en este al menos los gastos de la procuradora. Gracias.

  56. Buenos días, soy de la comunidad andaluza y estoy en litigio laboral frente a la administración local que trabajo como funcionaria. Minuta de honorarios por negociación, preparación documentación,etc… en octubre 2019, por importe de 600,00€ iva de la misma 104,13€ total los 600,00€ anteriores reflejados.

    Creo que tengo derecho a la deducción estatal y autonómica según he leído. Por favor en primer lugar las casillas correspondientes de 300,00€ y 200,00€ es la primera vez en más de 31 años de servicio en la misma que he necesitado estos servicios y el IVA si lo tengo que reflejar y en que casilla. gracias de antemano.

  57. Aina

    Buenas tardes, el año 2019 tuve un juicio en el que se me concedió la incapacidad permanente absoluta con efectos retroactivos a 2018. Resulta que el INSS no quiere pagarme los atrasos que me corresponden. Por tanto pusimos una demanda de ejecución de sentencia en el juzgado para reclamar estos atrasos.
    Puedo presentar la factura del abogado que me realizó la demanda para pedir los atrasos?

  58. José javier Fernández

    Buenas tardes seria deducible como costas en defensa juridica en la renta la minuta de mi abogado por la reclamación a mi empresa de una indemnización por un accidente laboral,gracias

  59. JUANA MARIA

    Buenas tardes. Quería hacer una pregunta ¿cual es el número de la casilla de la renta en el que se deben anotar los gastos deducibles de abogacía? ¿el límite es de 300 euros verdad?. Gracias y un saludo.

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola Juana María,

      en la página correspondiente a las retribuciones dinerarias de rendimientos del trabajo puede encontrarla.

      Reciba un cordial saludo.

  60. José javier Fernández lara

    Buenos días
    Queria saber si la minuta de mi abogado por la reclamación a mi empresa de una indemnización por un accidente laboral por falta de medidas es deducible como defensa juridica en este caso y si es así hasta que cantidad puedo incluir en la casilla de la renta,gracias.

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola José Javier,

      en principio al ser un problema de litigiosidad laboral puede entrar. La cantidad será hasta 300 € la parte estatal, pudiendo sumarse a esta la deducción autonómica que en su caso existiese.

      Un cordial saludo.

  61. BEGOÑA PODEROSO GODOY

    Buenas tardes,
    En 2006 fui a Juicio contra la seguridad social y gane el juicio reclamando una incapacidad permanente. No obstante volvimos a litigar en 2008 en en tribunal superior de Justicia y lo volví a ganar. Yo reclamaba que en lugar de incapacidad permanente total me concedieran la absoluta pero me quedé igual . Todos esos gastos de abogado se pueden deducir?

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola Begoña,

      no, no se puede uno deducir facturas por asuntos de Incapacidad Permanente.

      Reciba un cordial saludo.

  62. Raul

    Buenos dias, tambien son deducibles los gastos juridicos por delitos dolosos?

  63. Irene

    Buenos días,

    Mi pregunta es sobre cuándo ha de solicitarse la deducción por este tipo de gastos. La factura del abogado tiene fecha de 1 de diciembre ´19 y el pago se realizó en 2020. ¿Tendría que esperar a la próxima declaración o puedo hacerlo en la de este año?
    Gracias de antemano.

    Un cordial saludo

  64. Marcos

    Buenos días, mi mujer fue despedida en 2019 con juicio y ya fue resuelto. En agosto empezó a cobrar el desempleo pero no cuadran los importes percibidos por lo que declara el SEPE ellos por más cantidad de la que realmente percibida….

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola Marcos,

      en tal caso deberá de enviar escrito al SEPE exponiendo dicha cuestión para que les aclaren o rectifiquen lo que deban de rectificar.

      Reciba un cordial saludo.

  65. Maria Jose Soriano

    Hola buenas tardes, tengo una duda. En el curso anterior tuve un juicio por el tema de la clausula suelo, donde pacté con mi abogado en que no me cobraba sólo se quedaría con las costas. Ahora me aparece el importe de las costas en mi borrador como ganancias patrimoniales.

    Podría deducir alguna cantidad como gastos judiciales? dado a que esa cantidad me viene reflejada por defecto en la declaración, sobreentiendo que si es por un juicio. Solo tengo un justificante de la transferencia.

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola Maria José,

      no, no se deducen gastos de abogado más que en asuntos laborales.

      Reciba un cordial saludo.

  66. Juan Carlos

    Buenas noches. En un juicio cuya sentencia me ha sido favorable por despido improcedente he pagado 9.150 euros de minuta a mi abogado; no me hecho factura, pero tengo los justificantes de las transferencias.
    ¿Debe constar esa cantidad en la declaración de la renta o con poner 300 euros es suficiente para obtener la deducción ya que 300 euros es la cantidad máxima deducible?
    Muchas gracias

  67. Ana Martí

    Hola, en junio de 2018 me despidieron y el año pasado tuve que acudir a un abogado por este tema, hasta hoy estoy en el paro desde que me despidieron, mi duda es si me puedo desgravar los gastos del abogado del 2019 siendo qie llevo en el paro desde el 2018. Gracias.

  68. BENJAMIN

    Hola a todos, se trata de un procedimiento judicial de reclamación de un puesto indefinido ante la administración por contratos de interinidad.
    El procurador ha remitido una comunicación de una provisión de fondos por gastos y suplidos del procedimiento judicial de determinada cantidad, a espensas de la liquidación definitiva a la finalizacion del procedimiento.
    Al ser gastos y suplidos entiendo que no debería de emitir la correspondiente factura del pago a cuenta
    Se me plantea una duda y es en relación a la deducción de los gastos del procurador en los rendimientos de trabajo ya que la norma establece » los gastos derivados de defensa jurídica» , por tanto entiendo que los gastos del procurador no serian deducibles y si los del abogado que ha llevado la defensa jurídica del tema de forma directa, ¿es correcto?
    En el caso de que fuera deducibles los gastos del procurador¿ podría deducir este año la provisión de fondos entregada ( aunque no se haya emitido la factura correspondiente) y el resto a la finalizacion del procedimiento judicial una vez efectuada la liquidacion definitiva?
    Muchas gracias

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola Benjamin,

      solo es posible deducir los gastos de abogado y siempre teniendo factura.

      Reciba un cordial saludo.

  69. Ruben

    Hola buenos dias,tengo una duda haber si podrian aclararmela,estoy en juicio por una hipoteca y llevo de gastos de abogado 2400 euros de un recurso ,mi pregunta es me puedo declarar en la renta esos gastos y cuanto me tendrian que devolver o solo contaviliza 300 euros maximo.gracias de ante mano.

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola Rubén,

      solo pueden incluirse gastos de defensa jurídica en cuanto a juicios de laboral.

      Recibe un cordial saludo.

  70. Ana

    Buenas tardes. Durante el año 2019 recibí dos pagos procedentes de fogasa. En dicho caso existió litigio. De la cantidad recibida, tuve que pagar al abogado contratado en dicho proceso. Mi pregunta es la siguiente, ¿a la hora de hacer la declaracion, dicha cantidad pagada en 2019 debe ser declarada en la declaracion correspondiente de 2019 y, se puede deducir hasta un maximo de 300euros por la asistencia juridica?

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola Ana, si el procedimiento se cerró en 2019 deberías de declarar ahora la factura del abogado.

      Un cordial saludo.

  71. Blanca

    Hola, querría saber si en la declaración desgrava la factura del abogado por divorcio.
    Por lo que leo son todo asuntos laborales, pero por asegurarme.
    Gracias

  72. José Antonio Posada Arias

    En el año 2018, solicite al I.N.S.S. pensión de autónomo y me la denegaron en base a una serie de circunstancias. Al no estar conforme por mediación de un abogado interpuse demanda con el resultado de que al final me han reconocido la pensión, abonándome en el 2019, las cantidad correspondiente a la pensión del 2018 mas los meses transcurridos del 2019. Pregunto puedo deducirme los 300 euros como gasto en la declaración del 2019 de la factura pagada al abogado.

  73. Francisco Javier Colomina Fernández

    Buenos días. En el año 2018 fui despedido teniendo juicio laboral en enero de 2019. La sentencia condenó a la empresa a pagarme una indemnización, sentencia que fue recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. El TSJC resolvió otra vez a mi favor condenando a la empresa a pagarme un importe de costas a mi favor. Se que la indemnización no tengo que declararla. ¿Pero y las costas con las que se me compensa? ¿Me puedo deducir algo de los honorarios de el abogado? ¿En qué casilla tendria que reflejarlo? Soy residente en la Comunidad Autónoma de Cataluña. Muchas gracias.

  74. Susan

    Buenos días
    Tuve un juicio para que un empleador que tuve hace 4 años me pagara parte de mi sueldo que me debía. Acabo de ganar el juicio y me ha tenido que pagar ese dinero. La factura del abogado que ha llevado mi caso la puedo deducir?

  75. María José Morueco de la Fuente

    Buenas tardes. Podría deducirme los gastos por contratación de asesor fiscal para realización de declaración rectificativa de la renta para ajustar los salarios consignados en el juzgado como consecuencia de un proceso de despido improcedente?
    Muchas gracias de antemano

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola Maria José, no esos gastos que me comenta no se podrían deducir.

      Un cordial saludo.

  76. Mariola

    Buenos días,

    Me surge la duda de si podrían ser deducibles los gastos de defensa jurídica en litigios donde se demanda al empleador pero tiene que ver con asuntos de protección de datos (cuando la empresa ha cometido alguna irregularidad en tema de Protección de Datos). Según el teléfono de Hacienda me dicen que sí porque son litigios empleador-trabajador, pero sigo teniendo mis dudas porque no es un tema puramente laboral, aunque esté relacionado con el ámbito laboral.

  77. Mariola

    Buenos días,

    Mi consulta es sobre si puede entenderse como gasto de defensa jurídica un litigio entre empresa y trabajador, donde el trabajador demanda a la empresa por una violación de la ley de protección de datos.

  78. Juan

    Hola, el año pasado llegué a un acuerdo con mi ex-empresa por el cual me abonaron una cantidad en concepto de despido improcedente y otra más elevada, por cantidades.

    Según me pareció entender esa cantidad que me ingresaron era menor a la que mi ex-empresa debía desembolsar, ya que ellos debían pagar también una parte a la seguridad social, y no se si estaba sujeta a alguna retención de I.R.P.F
    El caso es que al realizar la declaración de la renta de ese año, no me aparece como que me hayan retenido nada en concepto de I.R.P.F (me corresponde la devolución integra de ese ejercicio fiscal ) , y en mi informe de vida laboral tampoco aparece nada relacionado con ese pago.

    Mi pregunta es si esto es así, como describo y mi ex-empresa ha concurrido en algún delito al ingresarme el dinero del acuerdo pero no reflejarlo en la SS o si por el contrario estoy equivocado y ese dinero está exento de cualquier tipo de cotizaciones.

    Muchas gracias y un saludo.

  79. Juan Pedro

    Hola:
    En 2019 tuve en juicio por incapacidad permanente: a consecuencia de una ILT que derivó en el reconocimiento por parte del INSS de una IPT en 2018, interpusimos mi abogado y yo una demanda de reconocimiento de IPA y cantidad que se celebro en 2019 y fue ganada. Quisiera saber si estos gastos jurídicos son deducibles hasta el límite legal, ya que el INSS es mi entidad pagadora acogiéndome al apartado e) del art. 19 de la ley 35/2006 (Los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos).
    Gracias

  80. Roberto

    Buenas tardes. Aprobé una oposición y 4 personas demandaron la misma. Los que aprobamos, cogimos un abogado aparte para nuestra defensa, al igual que la » empresa » que hizo lo suyo con su departamenti jurídico
    Puedo meter esos gastos de abogado en el IRPF como gastos de defensa jurídica?? Gracias.

  81. Lola Ortega

    Buenas tardes,
    en 2018 despidieron a mi marido y pagamos factura por honorarios en despido colectivo, ya que los asesores gestionaron la negociación con la empresa. En la renta de 2018 no incluimos la deducción porque al indicar «litigio» entendimos que tenía que pasar por juzgado, y fue así, no llegó al juzgado, se consiguió un acuerdo con la empresa.
    ¿Esta factura, el importe de 300€, lo puede deducir este año? bien en la declaración de 2019 o haciendo una declaración complementaria?

    Gracias por su atención,

  82. José

    Hola:
    Hace unos años tuve un accidente no laboral en la calle, por la cual estuve 20 días de baja laboral y a causa de ello la empresa me descontó en nómina la cantidad correspondiente. Le reclamé al Ayuntamiento dicha cantidad y resolvió a mi favor el año pasado y cobré dicha cantidad. Tuve unos gasto de abogado de unos 200 euros. Puedo desgravar dicha cantidad?

  83. Juan Ramón

    Los gastos de desplazamiento por motivo de asistencia a un juicio laboral del que soy parte actora, en otra provincia (billetes tren) ¿serían susceptibles de esa deducción?

  84. ALVARO

    Tuve un litigio con la administración por una diferencia salaria. Gane el juicio con sentencia en firme en septiembre del 2018, la administración me paga todos atrasos en 2019 (atrasos del 2014 al 2018) y el abogado me emite factura ,sobre 700 Euros, de todo el proceso en 2019. Hago declaración de la Renta normal del 2019 y meto gastos del abogado y también tengo que hacer complementaria a cargo del 2018 con atrasos.
    Mi pregunta es si como los gastos superan los 300 Euros puedo también meterlos en la complementaria a cargo del 2018 aunque la factura del abogado sea del 2019?

  85. Ara

    Buenos dias,

    Son deducibles en renta los gastos de defensa juridica en procedimientos de divorcio ?
    Gracias de antemano

  86. ARACELI

    Buenas tardes,
    Los gastos de defensa juridica de un procedimiento de divorcio tambien se pueden deducir en renta?
    Gracias de antemano por la ayuda.

  87. Leonor

    Buenas tardes:

    Lo primero muchas gracias por vuestro tiempo y ayuda.

    Después de ver vuestro artículo me ha surgido una duda. Si existen dos facturas de gastos del abogado, una este año por los tramites con la SMAC por despido y, al no llegar a acuerdo, hubiera una segunda factura el año que viene por juicio, ¿es posible deducirse las dos, una en el ejercicio 2020 y otra en el 2021 o como es el mismo litigio solo podría deducirse como máximo 300 de uno de los dos ejercicios?

    Muchas gracias

  88. Laura

    Por un conflicto laboral a finales de 2019 me han emitido factura con fecha 2019, me la han enviado ahora con fecha de 2019 ya que han estado cerrados con el coronavirus y no la había pagado todavía, ¿puedo desgravarla en la declaración de la renta de 2020? La factura tiene fecha de 2019 pero el pago lo voy a hacer mediante transferencia estos días de julio 2020. Gracias

  89. Adriana

    He ganado un juicio por despido improcedente de lo cual tengo que pagar al abogado 350 euros y me dice que si quiero que me emita factura me tiene que cobrar el IVA que sería el 21 por ciento total 423,50 euros. Cómo puedo deducir el importe total en la declaración de la renta ? O solo se puede deducir 300 euros ?

  90. Ayose

    Buenos días
    Muchas gracias de antemano…
    En mi caso me despidieron, contraté un abogado y llegamos a un acuerdo,. Me indemnizaron y pagaré lo acordado al abogado, el cuál me me tendrá q dar una factura a mi nombre para poder declararla.
    Q conceptos ha de poner el abogado para poder declarar dicha factura?
    En la comunidad de Canarias hay algun tipo de artículo como los de la comunidad andaluza?

  91. ALVARO

    Buenos días,

    El blog sobre este artículo genial, aunque me queda la duda en que ejercicio se puede imputar, por ejemplo litigio que comienza en el año 2020, pero que se factura en el 2021, ¿se puede deducir en la renta del año 2020 que se presenta este año?

  92. Franc Ferrari

    Hice, a través de un abogado una reclamación de cantidades, la hemos ganado y lo tengo pendiente de cobrar por parte de fogasa, mis gastos + 21% de Iva ,asciende a
    1418€, se que puedo desgrabarlos en la complementaria que tengo que realizar cuando lo cobre, mi pregunta es cuanto recupero de esa cantidad.

  93. Juana

    Buenas tardes,
    Soy funcionaría de la Tesorería General de la Seguridad Social. Resido en la Comunidad de Madrid. En 2020 reclamé un complemento económico ante la jurisdicción contencioso administrativa. Los gastos del abogado se pueden incluir en la declaración de la renta como deducción?.
    Al modificar el borrador no encuentro ese gasto como deducible.
    Gracias

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola Juana, la ley dice que «relación laboral». En principio que seas funcionaria o personal laboral no tiene porqué haber diferencia mientras que se haya reclamado una cantidad como expones.

      Un cordial saludo.

  94. Fermin

    Hola buenas, en 2020 gané un juicio a la seguridad social y tuve unos gastos de abogado de 2092€.
    Los puedo desgravar en la declaración de la renta?

    • Jurisdependencia Asesoria y Abogados

      Hola Fermín, no los asuntos de Seguridad Social no entrán en esta deducción.

      Un cordial saludo.

  95. Daniel

    Buenas, fui al abogado por despido y reclamación de cantidades, queria saber cuanto me puedo deducir en la declaración de de la renta porque vivo en Andalucía y se que es algo mas aparte de lo estatal sobre gastos por defensa jurídica y si me puedo deducir el iva en la declaración.

    Gracias

  96. Beatriz

    Hola,
    En el año 2020 el SEPE me reclamó una prestación abonada incorrectamente en el año 2017 y a través de CCOO recurrí la devolución del importe requerido.
    Y ganamos el juicio y no tuve que devolver ese importe (en la renta del año 2017 ya declaré esos ingresos).
    El abogado de CCOO me dijo que en la Renta del 2020 me podía deducir los gastos que ascendian a 524 €uros.
    ¿Me pueden indicar si me puedo deducir el total y en qué casilla deberia reflejarlo?
    Gracias de antemano

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