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OJO con el Real Decretazo sobre las cláusulas suelo. Dudas y respuestas.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo indebidas que establece un procedimiento extrajudicial para resolver de forma «rápida y gratuita» las reclamaciones de los consumidores derivadas de las últimas sentencias judiciales.

Este Real Decreto, no dispone de mucho más allá que lo que ya se estaba llevando a cabo entre consumidores y bancos en cuanto a negociación, con la excepción de que ahora está regulado y anteriormente se realizaba dentro de un vacío legal al respecto.

Al hablar de negociación, recalcamos que se refiere precisamente a eso y no a devolver las cantidades reales que por la aplicación de la cláusula suelo te hayan cobrado de más, por lo que es recomendable siempre acudir a un profesional, para que la banca no te engañe de nuevo.

Según el Real Decreto, ¿dónde y cuándo ir a reclamar las cláusulas suelo?

Pues bien, el consumidor puede desde ya reclamar ante el banco (lo mismo de antes del RD), y una vez el banco la reciba, deberá remitir al consumidor el cálculo de la cantidad a devolver, incluyendo los intereses o, alternativamente, las razones por las que considera que la reclamación no es procedente. (Lo mismo que antes del RD). Tras recibir la comunicación, el consumidor deberá manifestar si está de acuerdo con el cálculo y, si lo está, la entidad realizará la devolución del efectivo, ya que no debe de canjearse por medio de otros productos bancarios y financieros. Todo el plazo se hará en un máximo de 3 meses.

Puede existir casos especiales como los siguientes:

 

¿Y si mi hipoteca tenía cláusula pero está amortizada? ¿Se puede reclamar?

Si, se puede reclamar pero siempre consultando previamente el caso concreto a un profesional ya que el banco puede ceñirse a la prescripción de acciones contractuales 15 años que dispone el Código Civil o ceñirse a otros parámetros, por ello siempre mejor consultar.

¿Y si me han pagado desde mayo de 2013?

Si, se puede reclamar pero la entidad ya decide (como hasta ahora). El Tribunal Supremo se prevé que se pronuncie al respecto pronto, por lo que informaremos en un futuro sobre acciones judiciales pertinentes respecto a los que ya les devolvieron pero desde mayo de 2013 sólo.

 

Pero OJO, si el banco te avisa de que tienes cláusula suelo no significa que te vaya a devolver tales cantidades, pues el Gobierno en el Real Decreto sólo obliga a dar conocimientos del sistema, pero cada entidad es la que considera a quién hacerle el cálculo de la devolución, y a quién no (igual que antes).

Además, si el banco no te va a devolver el dinero NO está obligado a realizarte el cálculo de la posible devolución, y lo único de lo que está obligado es explicar al cliente por qué se reafirma en que la cláusula no es opaca.

La gratuidad del trámite con el banco, se vende a capa y espada… algo que SIEMPRE ha sido así, siempre puedes reclamar a atención al cliente de manera gratuita. El reclamar según el RD tiene la siguiente consecuencia: «el consumidor puede decidir ir a la vía judicial directamente pero una vez iniciado el procedimiento extrajudicial y hasta que se haya resuelto este, las partes NO podrán ejercitar entre sí ninguna acción judicial o extrajudicial alternativa en relación con la misma reclamación» (lo mismo que anteriormente, pero con respecto al plazo de 2 meses a resolver por el servicio de atención al cliente del banco en cuestión).

Y si… ¿he demandado al banco y quiero negociar ahora con él?

Es posible, pero como defensor de consumidores no es recomendable ya tras la sentencia del TJUE, el consumidor tiene entre un 90% y un 100% de posibilidades de que le estimen totalmente las pretensiones y por tanto, se condene en costas a la parte demandada, y al menos con este despacho le saldría GRATIS el procedimiento.

Pero… ¿me pueden condenar en costas a mi?

Pues claro… pero el banco si declara nula la cláusula suelo y estima aplicar la sentencia del TJUE, SIEMPRE va a ser la cantidad superior a la que te ofrezca el banco por finalizar el procedimiento, e igualmente haría cargar contra el banco en cuestión de costas por lo que beneficia al consumidor.

 

¿Y con el fisco, qué obligación existe si devuelven las cantidades?

Habrá que presentar una autoliquidación de tal ejercicio en el mes que sean devueltas. Los que reciban la devolución despues de julio tendrán que regularizar su situación antes de junio de 2018. Si necesitas más información, contacta con nosotros para ello.

El RD dispone igualmente de que se creará un órgano de seguimiento, control y evaluación de las reclamaciones efectuadas en el ámbito de aplicación de éste RDL. Lo que en me hace pensar en las resoluciones no vinculantes del Banco de España, es decir… que en todo caso serviría para el procedimiento judicial tales informes.

 

Y la pregunta es, ¿a quién beneficia realmente este RD? ¿A los bancos? ¿A los consumidores?

En mi opinión, da un respiro a los bancos ya que se ven con una montaña de reclamaciones y demandas, que sus departamentos jurídicos no den abasto. Igualmente, una avalancha de demandas con argumentación firme y clarificadora del TJUE, que hace aún más difícil la defensa de los letrados de las entidades bancarias en los juicios. Ello conlleva un gasto enorme en costas procesales, que puede hacer debilitar la banca y parece que el Gobierno no va a permitirlo.

¿Es más importante los derechos de los consumidores?¿Es más importante el sistema económico asentado en la banca?

Es un buen momento de reflexión, ya que los derechos de los consumidores no se pueden ver afectados porque la banca al vulnerarles éstos han desequilibrado la balanza, tal que al hacer Justicia se pueda ver todo un sistema económico tambaleado por el abuso de tales cajas de ahorro y bancos durante años. Este RD es una cortina de humo de la poca inversión que se realiza en la Justicia… hay juzgados de lo Mercantil que están señalando ya para 2020 e incluso 2021… demandas interpuestas 4-5 años antes. Esa es la aberración, y es lo que se quiere tapar.

¿Cuál es la postura de este despacho?

Mi postura y la de la totalidad del despacho, es la de reclamar e ir ante la Justicia si no satisfacen realmente de manera extrajudicial los derechos perjudicados. Para ello consulta a través del contacto que te indicaré al finalizar esta entrada, e igualmente puedes dejar tus dudas en forma de comentarios.

 

 

Artículo realizado y opinado por

Juan Manuel Espinosa Quintana (CEO, Abogado y Asesor de empresas. @JMEQCadiz)

 

info@jurisdependencia-asesoriayabogados.com

Teléfono (WhatsApp): 652439150

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27 Responses to OJO con el Real Decretazo sobre las cláusulas suelo. Dudas y respuestas.

  1. raul

    expongo mi caso, segun la entidad financiera no corresponde a una clausula suelo:
    tipo hipotecario variable con referencia a euribor, en ultima revision tras un euribor de valor negativo me comunican que mi tipo de interes queda en minimo establecido (tipo de interes sin tener en cuenta euribor)
    esto es: 1,9 + euribor (-0,082) = 1,9 !!!!
    como el euribor ha sido negativo se desprecia. ¿¿¿¿Es viable reclamacion ante este tipo de, a mi entender, abuso????

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Buenas tardes Raúl,

      lo que le están aplicando es la llamada «cláusula cero», es decir aquella cláusula en la que el banco se protege ante la negatividad del Euribor. En este caso, se podría interpretar que su diferencial es el suelo. Tendríamos que tener más datos de su hipoteca, pero de momento le comentamos que tal tipo es legal siempre y cuando le informaran debidamente, así como que si fuese una cantidad pequeña en tal caso gastaría más en reclamar que en pagar tal interés que en definitiva es el mínimo a través de un diferencial, que en cualquier caso están en el límite de ser abusivo, a nuestro entender. De todas formas, para una revisión en profundidad puede poner en contacto con nosotros. Un saludo cordial.

  2. Ángel Barba Pinazo

    Hola buenos días.Yo tengo mi hipoteca con Banco Sabadell.Tengo clausula suelo y he presentado reclamacion por escrito.Lo único que hace cuestión de un año,firme una bajada del interés del 3.25 % al 2%.Mi pregunta es si tengo algún problema a la hora de reclamar las cantidades y la eliminación de la cláusula. Gracias

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Buenos días Ángel,

      no tienes ningún problemas a la hora de pedir la eliminación de tu cláusula suelo desde el inicio del contrato, y por tanto la devolución total de cantidades. Cuando una cláusula es nula, todo lo que conlleva a ella carece de validez. Espero haberte ayudado, puedes contactar con nosotros cuando lo necesites.

      Un saludo cordial.

  3. Fatima

    Buenas tardes :
    Qué posibilidades tenemos los que teníamos cláusula, reclamamos a ntro banco y ante el Banco de España y la respuesta de ambos es que ésta era transparente,posteriormente nuestra entidad en el 2014 nos propone un acuerdo de eliminación de dicha cláusula en el plazo de 18 meses si renunciabamos a reclamar en un futuro, no tuvimos más opción que aceptar.

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Buenas tardes Fátima,

      los bancos en el 90% de los casos no admiten ninguna reclamación salvo que sea irrisoria para su imagen y cuentas. Los casos de cláusula suelo, se ganan en los tribunales. La renuncia a reclamar en un futuro una cláusula NULA no tiene validez, por lo tanto te invito a que vuelvas a reclamar al banco, y posteriormente directamente a los tribunales. Si necesitas asistencia jurídica para todo el proceso, puedes contactar con nosotros y te contamos el desarrollo y su posible coste (ya que puede terminar siendo gratuito).

      Un saludo cordial.

  4. MCARMEN

    Hola, mi caso es parecido, en marzo de 2014 mi entidad me llamó para q acudiera a la oficina para»hablarnos de un tema interesante». Sin haber reclamado nosotros nada, nos propusieron firmar un acuerdo de estar dos años más pagando nuestra hipoteca con clausula suelo, a cambio de quitarla sí o sí a los dos años, independientemente de lo q dictara la ley, que esa situación dificilmente se llegaría a producir( palabras del director por entonces de mi entidad). En ese acuerdo nos hacía conocedores de dicha cláusula y nos hacía renunciar a futuras reclamaciones judiciales. Mi pregunta es ¿ puedo reclamarles las cantidades cobradas con clausula? Se consideran con validez legal dichos acuerdos privados?? Gracias

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Hola Mari Carmen,

      si la cláusula se declara abusiva y por tanto nula, todo lo que ocurre referente a ella en el transcurso de la hipoteca nunca debió o debe existir. Por tanto, aunque te hagan saber a partir de marzo de 2014 lo que es realmente la cláusula suelo, tal cláusula nunca debió de proceder al no haberte el banco informado previamente al inicio de la hipoteca, por tanto SI, te animo a reclamar las cantidades cobradas de más por la aplicación de la cláusula suelo desde la firma. Eso si, ten en cuenta que reclamando a Atención a Cliente del banco, seguramente te dirán que NO y te sacarán tal documento que firmaste, pero no te preocupes pues en la Justicia es otra historia. Si quieres revisar tu hipoteca gratuitamente para ver si además tienes otras posibles cláusulas abusivas, contacta con nosotros a través del teléfono 652439150 o e-mail info@jurisdependencia-asesoriayabogados.com. Igualmente, nos ofrecemos a llevar tu asunto hasta el final si lo estimas oportuno.

      Dicho lo anterior, si tienes simplemente más dudas puedes volver a usar este hilo de la conversación.

      Un saludo cordial.

  5. Susana González

    Buenos dias. A mi me quitaron la cláusula suelo en febrero de 2016, pues lo ganamos en la Audiencia Previa. En ese momento no pedimos retroactividad ninguna. ¿podemos pedirla ahora? y otra pregunta. ¿ Al quitarme la clausula suelo me tienen que recalcular la hipoteca y bajarme el capital? A mi cuando me la quitaron si que me bajaron los intereses pero no el capital. Gracias

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Hola Susana,

      si la pretensión de tu demanda fue únicamente la de eliminar la cláusula suelo, sin devolución alguna… ¡puedes reclamar tal devolución! Al quitarte la cláusula suelo, te recalculan los intereses a pagar ya que si no ha habido devolución, no existe decisión de utilizar tales cantidades para amortizar el capital y por tanto recortar la duración de la hipoteca. Si estás en la situación de poder reclamar, como te he comentado anteriormente te invito a que contactes con nosotros a través de nuestro e-mail o teléfono 652439150.

      Si te surgen más dudas al respecto y prefieres comentarlas en este hilo, te invito a que lo hagas y te contestamos encantados.

      Un saludo cordial.

  6. Angeles

    Bnas tardes mi caso es que terminé la hipoteca el 13 de enero de 2013 con el popular y me remiten una carta diciendo mas o menos q está fuera de plazo.si voy a juicio q posibilidades tengo de ganar?

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Hola Ángeles,

      tienes como máximo 4 años en el caso de que se argumente tu defensa sobre vicios del consentimiento (anulabilidad), hasta incluso no prescribir en el caso de argumentarse a través de las condiciones generales de la contratación lo que en tu caso sería lo conveniente dado que el plazo de 4 años te ha cumplido. (nulidad total). Si vas a juicio, siempre y cuando se argumente a través de lo que te comento tienes todas las de ganar. Igualmente, te recomiendo revisar los gastos que tuviste en la hipoteca, pues también son reclamables.

      Quedamos a tu disposición si necesitas servicio jurídico, en el caso que decidas reclamar (y llegado al caso interponer demanda). Puedes contactar a través de 652439150 e info@jurisdependencia-asesoriayabogados.com

      Igualmente, si sigues teniendo dudas de algún tipo puedes volver a escribir en este hilo y te respondemos encantados.

      Un saludo cordial.

  7. Paraschiva

    Buenas tardes, a mi me quito la Cláusula suelo hace meses, antes de esa, tuve una novacion de hipoteca con clausula suelo de 5 a 3,50.
    Hace meses cuando me quito la Cláusula Suelo me hizo firmar un acuerdo privado donde yo renuncio a reclamar nada ante justicia el dinero que me cobró de mas. Me puede decir por favor que posibilidad tengo en reclamarles mi dinero que cobraron demas?gracias.
    Un saludo

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Buenas tardes,

      todo acuerdo que se haga sobre una cláusula NULA, no tiene validez. Y lo que los tribunales dicen es que si la Cláusula Suelo cumple con los requisitos de nulidad por falta de transparencia entre otras condiciones generales de la contratación, es nula desde el inicio del contrato. Le invito a reclamar cuanto antes, e igualmente si tiene las facturas de los pagos previos al inicio de la hipoteca (gastos de formalización), los reúna y reclame igualmente tal asunto. La reclamación extrajudicial a Atención al cliente la puedes hacer con abogado o sin abogado, y la puedes hacer de la manera tradicional (escrito a atención al cliente y esperar 2 meses) y después al haber desestimación demanda judicial, o acogiéndote al RD cosa que no te lo aconsejo ya «negociar» no significa restituir los derechos que el Código Civil dispone ante la nulidad.

      Desde Jurisdependencia si lo deseas podemos ayudarte en tal sentido, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de 652439150 y/o info@jurisdependencia-asesoriayabogados.com

      Igualmente, si necesitas resolver dudas que te surjan de la respuesta realizada a tu pregunta puedes seguir comentando en este hilo y te responderemos encantados.

      Un saludo cordial.

      • Paraschiva

        Muchísimas gracias. Voy a pasar por la atención del cliente y poner una reclamación, de todas manera esta ultima eliminación de la Cláusula Suelo no ha sido con notario ni nada parecido, así que las dos cosas estan mal hecha.
        Y esperar a ver su contestación.
        Un cordial saludo

  8. Manoli

    Buenas noches
    A nosotros nos quitaron la cláusula suelo por sentencia en vista previa . También solicitamos la devolución de lo pagado por cláusula suelo desde su principio pero esta petición se desestimó. Por aquella época los criterios de las audiencias eran dispares y no había seguridad ante el triunfo de un recurso . Ni nosotros ni el banco recurrió. Y ahora que debemos hacer?

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Hola Manoli,

      te recomiendo en tu caso que acudas a la negociación prevista en el RD por el gobierno, ya que si fuiste a juicio con la pretensión que expones, la sentencia adquiriendo cosa juzgada hace que no puedas volver a reclamar ante un mismo hecho en otra ocasión. Es decir, que si pediste la devolución total desde el inicio de la firma de la hipoteca, y te fue desestimada no puedes volver a demandar sobre lo mismo. Por todo ello, te invito a que sigas el procedimiento regulado por el gobierno que si bien no da garantías ni mucho menos de que te devuelvan todo lo que realmente te deben, existen posibilidades de que puedas recuperar algo que ya por vía judicial por lo que me cuentas, no podrías llegar a alcanzar. Igualmente te invito a que nos pases la documentación que tengas (resoluciones judiciales, escritura hipoteca…), para concretar más sobre si podrías tener éxito en una hipotética nueva vía judicial. Si decides ir directamente al procedimiento comentado no dudes en ponerte en contacto con nosotros en el caso de necesitar asesoramiento.

      Un saludo cordial.

  9. Jose Miguel

    hola , mi caso es parecido a las anteriores, en abril de 2014 me llamaron de mi banco , BMN para ofrecerme la suspension de mi clausula suelo. y que pasados 2 años desde que firmara me la quitarian con el unico requisito de tener que hacerme un plan de pensiones.la hipoteca la firme en abril de 2008 y mi clausula suelo era del 3,75, de la cual me entere al firmar este contrato, muchas gracias por este servicio que nos dan a los que no entendemos de leyes y que en mi caso y en mi banco me toman por tonto

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Hola José Miguel,

      muchas gracias por tus elogios, trabajamos para hacer justicia y para informar a los consumidores. Con respecto a tu pregunta, independientemente de lo que firmase respecto a tal cláusula, puede reclamarlo. Ya que una cláusula nula, deja sin efectos a todo lo que haya podido negociar a través de ésta. Es decir, si había condiciones para tal eliminación igualmente es reclamable (el plan de pensiones, si lo estimas oportuno). Puedes reclamar desde el inicio, así como los gastos de constitución de hipoteca. Si deseas saber más puede seguir comentando en este hilo, o directamente contactar con nosotros por mail o teléfono. Te revisamos la hipoteca de manera gratuita.

      Un saludo cordial.

  10. Jose Miguel

    Respecto a mi anterior pregunta queria saber si tengo derecho a que me devuelvan lo cobrado de mas por dichas clausulas, ya que el banco me ha dicho que firme la hipoteca sabiendo las condiciones, lo cual no es verdad , ya que me entere al firmar el contrato privado para anular mi clausula suelo ,gracias

  11. Jesus

    Buenos días, es aconsejable reclamar judicialmente la supresión de la cláusula suelo junto con los gastos de la hipoteca o por separado?, y me refiero por el tema de las costas… pues si no te la estiman completamente. Y otra pregunta, en tal caso sería conveniente acudir directamente al Juzgado y saltarse la reclamación previa? Pues el real decreto está previsto solo para las cláusulas suelo. Muchas gracias por su atención.

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Hola Jesús,

      desde este despacho recomendamos siempre llevar tales asuntos por separado, para «asegurar» las costas del asunto de las «cláusulas suelo» y no depender del fallo sobre los gastos de constitución de la hipoteca, que aún no está tan claro que aunque se estimase se decretasen costas por las dudas de hecho que aún estimándose le pudiera surgir al juez de turno. Con respecto a lo segundo, la reclamación extrajudicial es obligatoria pero no es obligatoria la que el RD tiene previsto sino la ordinaria en todo caso. Es decir, reclamación a atención al cliente del banco en cuestión y tras dos meses se abre la posibilidad de la vía judicial. Puede ponerse en contacto con nosotros si lo estima oportuno y revisar su hipoteca gratuitamente.

      Un saludo cordial.

  12. Montse

    Buenas tardes.Mi caso es que en el 2015 tuve juicio con Banco Popular,mi abogado pidió la nulidad y la devolución desde el momento de la demanda(masmenos 10meses) podría recuperar lo de atràs?

    • Jurisdependencia Asesoría y Abogados

      Buenas tardes Montse,

      ¿usted obtuvo sentencia a favor respecto a tales pretensiones? Podría recuperar lo anterior a la fecha de devolución pretendida, dependiendo de cuestiones que se hayan producido o no. Puede incluso aprovecharse del RD del Gobierno respecto a la recuperación de las cantidades indebidamente cobradas por las cláusulas suelo. ¿Puede informarnos por privado para poder asesorarle más sobre su asunto en concreto? Igualmente si lo desea, infórmenos por este hilo, ya que necesitaríamos saber si hubo sentencia, desde cuando es la hipoteca, desde cuando si hubo devolución.

      Un saludo cordial.

  13. José luis

    Qué pasa con él irph de cajas (no tengo cláusula suelo)¿se está reclamando algo? .Poca gente habla de este problema y afecta amas de 1 millón de familias ,que nos la colaron por la puerta de atrás. Un saludo

    • Juan Manuel Espinosa Quintana

      Buenos días José Luis,

      el IRPH se está reclamando y de hecho este despacho ya tiene interpuestas varias demandas al respecto. En breve subiremos a nuestro blog artículos en referencia al IRPH y lo que dicen los bancos y los juzgados actualmente sobre él por lo que ya que está interesado en el tema, se lo comunicaremos directamente. Si lo desea, podemos hacerle un estudio gratuito de su hipoteca para llegado el caso reclamar tanto el montante de la diferencia entre IRPH y Euribor, como los gastos hipotecarios que hubiera desembolsado en el momento de formalización del préstamo hipotecario.

      Al final del artículo tiene nuestro contacto, para realizar lo anterior o para cualquier duda que le surja.

      Un saludo cordial.

  14. He leido vuestro post con mucha atecion y me ha parecido ameno ademas de bien redactado. No dejeis de cuidar este blog es bueno.
    Saludos

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