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Contrato laboral verbal vs Contrato laboral escrito.

Que no te tomen el pelo.

En este post, recomendamos desde nuestro despacho de que los contratos de trabajo que formalicéis lo hagáis por escrito, para evitar malentendidos futuros. Tenéis derecho a exigirlo en papel, pese a que hayáis acordado las condiciones de forma verbal. ?

Aunque, se presume válido el contrato verbal de trabajo, la ley exige que algunos tipos de contratos se lleven a cabo necesariamente por escrito; algunos ejemplos son:

  • El contrato de prácticas y el contrato para la formación y aprendizaje.
  • Contrato de fijos discontinuos.
  • El contrato de obra, siempre que tenga una duración superior a 4 semanas.
  • Elcontrato de relevo.
  • Los contratos cuándo el trabajador va a realizar sus tareas en el extranjero.

Hay que tener en cuenta una consecuencia muy importante de que un contrato de trabajo que por ley sea necesario realizar por escrito, y en cambio las partes hayan optado por realizar contrato verbal de trabajo, y es que se convertirá en indefinido a jornada completa, recayendo la carga de la prueba en la empresa, si alega lo contrario.

Además, un contrato verbal de trabajo puede ser considerado realizado en fraude de ley, si la inspección de trabajo comprueba in situ las funciones que desempeña el trabajador y que estas deberían de haber sido reflejadas por escrito por exigencias legales, lo que puede llevar a que la empresa sea sancionada y, ello, a pesar de encontrarse el trabajador en alta en la seguridad social.

Si un trabajador está trabajando con un contrato verbal de trabajo le aconsejo que recopile toda la información que puede desde el primer día, e interponga la misma ante la inspección de trabajo; sobre todo, en prevención a que no perciba sus retribuciones y sus cotizaciones debidamente, e incluso en prevención de una posible prestación de la seguridad social.

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3 Responses to Contrato laboral verbal vs Contrato laboral escrito.

  1. Hay un refrán que dice HECHA LA LEY HECHA LA TRAMPA.Si el ¨contrato verbal¨ es ¨igual de legal¨ que el escrito,puede pasar que haya la picaresca,que la empresa XXX por decir algo,con el contrato verbal no dé de alta al trabajador y que si viene una inspección de trabajo,se la carguen empresa y trabajador.
    Por otra parte,cuando un trabajador deja de prestar sus servicios para una empresa,ha de entregar OBLIGATÓRIAMENTE,o sea si o si el CERTIFICADO DE EMPRESA(original) a las oficinas el INEM(OTG en Catalunya).O sea,no puede hacerlo verbalmente,ya que los empleados de dichas oficinas pueden creer que aquella persona les está engañanado(o engañarse a sí mismo) y si descubren que ha estado trabajando para dicha empresa si estar dado de alta a la SS,dicha empresa puede decir ESTE SEÑOR NO LO CONOCEMOS DE NADA y la sanción recaerá sobre el trabajador y no sobre la empresa.

  2. Hay un refrán que dice hecha la ley hecha la trampa.Como el ¨contrato verbal¨ es igual de ¨legal¨ que el escrito,puede pasar lo siguiente.
    Que el trabajador que trabaje para la empresa XXX por ejemplo,lo haga mediante un ¨contrato verbal¨ y la empresa XXX no le haya dado de alta a la SS.
    Entonces ¿que pasará? que en las oficinas del INEM(OTG en su versión catalana) sepan que aquella persona esté trabajando dada de alta en dichas oficinas y puede pasar lo siguiente,que la persona que haya trabajado en la empresa XXX el INEM u OTG le acabe sancionando económicamente y no tenga ningún derecho a cobrar el subsidio del paro,ya que en cuando una persona deja de trabajar para una empresa por el motivo que sea,tiene la obligación de entregar si o si a las oficinas del INEM u OTG el original del CERTIFICADO DE EMPRESA,ya que sin este documento,no podrá cobrar ningún subsidio.

  3. Acostumbro cada mediodia buscar articulos para pasar un buen momento leyendo y de esta forma me he tropezado vuestro articulo. La verdad me ha gustado la web y pienso volver para seguir pasando buenos ratos.
    Saludos

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